Cuando
queremos contratar a un trabajador, normalmente lo que solemos hacer es buscar
al trabajador, escoger a alguien que se ajuste a nuestro perfil y luego ya
contratarle, escogiendo dentro de lo que la ley nos ofrece lo que mas nos
conviene.
Sabiendo
un poquito o informándonos antes, podemos no solo escoger un trabajador que por
formación y experiencia se ajuste a lo que necesitamos, sino también poder
optar a lo que hoy en día puede hacer que nos ahorremos algo de dinero, y que así
la nueva contratación nos sea más rentable.
Os
aconsejamos que siempre os dirijáis a nosotros en el primer momento, antes
incluso de buscar a la persona, de esta forma podremos orientaros de la mejor
manera.
Actualmente
y tras la unificación de los distintos tipos de contratos, tenemos 4 tipos,
pero cada uno con las misma variedades, incluso más de los que existían antes,
por lo que hay matices, que pretendemos desarrollaros, y explicaros en una
serie de post.
En
primer lugar os detallaremos los tipos que han quedado tras las diversas
reformas, y próximamente os detallaremos y os aconsejaremos sobre los más
útiles, porque lo importante es escoger siempre el que mas se ajuste a nuestras
necesidades puntuales de contratación, y nos ayude a ahorrar dinero y a
enriquecer la plantilla.
TIPOS DE CONTRATOS:
-INDEFINIDO: Es
aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación
de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.
Dentro
del mismo, tenemos varios: el ordinario (sin bonificación),bonificados (para
colectivos en exclusión social, minusválidos etc.…)el contrato de emprendedores
(bonificado o no) y el llamémoslo, a falta de un nombre mejor, contrato de la
tarifa plana,( nuevo contrato con tarifa plana de pago de seguridad social de
100).
Hay
más, pero os recordamos que esto es solo un pequeño resumen a modo de
introducción.
-TEMPORALES:
El
contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una
relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. Aquí continúan los de toda la vida,
eventual por circunstancias de la producción, interinidad, obra o servicio etc.…y
algunos bonificados que ya explicaremos.
-FORMACION: Esta modalidad
contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la
inserción laboral y la formación de las personas jóvenes en un régimen de alternancia de actividad
laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco de
formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Puede concertarse con jóvenes entre
18 y 30 años. Este contrato tendrá un post dedicado a él en solitario, ya que
es muy recomendable y como os explicaremos próximamente, puede hacer que
ahorremos mucho dinero.
-PRACTICAS: El contrato de
trabajo en prácticas tiene por objeto la obtención por el trabajador de la
práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. No se trata
únicamente de adquirir experiencia en un trabajo determinado, sino también de
que esa experiencia actúe sobre los estudios cursados. Este contrato podrá
concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de
formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente
reconocidos como equivalentes.
Como ventaja para la empresa, su salario es entre un 75% y un 85% por debajo de
un trabajador ya con experiencia.
En breve, os iremos explicando aquellos que nos parecen
más interesantes y sobre todo más prácticos para la empresa.
Mil saludos
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